En caso de emergencia marítima , llame a salvamento maritimo al 900 202 202 o haga una llamada de socorro Canal 16 VHF (Voz) - Canal 70 VHF en Llamada Selectiva Digital (LSD). Frecuencia 2.182,5 kHz en Onda Media (OM) o en BLU (Banda Lateral Única). Frecuencia 2.187,5 kHz en LSD.
Recuerde que la valoración del tipo de emergencia y su gravedad es responsabilidad del patrón de la embarcación. Las llamadas pueden ser de Socorro - Urgencia - Seguridad.
Para mas información y para obtener consejos sobre la seguridad en el mar consulte la web de Salvamento Marítimo .
Consulta nuestro video sobre la asistencia marítima.
Asistencia marítima, remolque, salvamento de la embarcación y remoción de restos
Una de las garantías más útiles y aconsejables a la hora de contratar nuestro seguro de embarcaciones de recreo, es la garantía de asistencia en el mar.
Hay que tener en cuenta que en la cobertura del seguro obligatorio de responsabilidad civil RD 607/99 de 16 de Abril, no queda incluida la asistencia, salvamento o remoción de restos de la embarcación asegurada.
Por lo tanto se las considera garantías de contratación voluntaria.En el mercado asegurador a la misma garantía se le llama de varias formas; Asistencia en el mar, asistencia marítima, asistencia a la embarcación, gastos de remolque y salvamento, rescate en el mar…
Algunas compañías de seguros ofrecen también seguros de asistencia en viaje a los ocupantes de la embarcación. Hay que tener cuidado con no confundir las garantías otorgadas a los ocupantes con el remolque y salvamento de la embarcación.
Si nuestro seguro tiene contratadas la pérdida total y robo o los daños propios, tendremos contratada también la garantía de remolque y salvamento.
Si únicamente hemos contratado la responsabilidad civil, probablemente tendremos que solicitar a la compañía de seguros que nos incluya el remolque y salvamento a no ser que queden ya incluidas en el paquete básico de coberturas que ofrezcan al mercado.
Hay que tener en cuenta que en este último caso, cada compañía de seguros nos ofrecerá un capital asegurado diferente y con distintas garantías.
Por ejemplo, algunas incluyen el remolque de la embarcación hasta el puerto deportivo más cercano (suelen basarse en las tarifas oficiales aplicadas por las embarcaciones de Salvamento Marítimo y publicadas en el BOE).
Otras incluyen un capital de remolque y salvamento limitados a un capital concreto. Por ejemplo 3.000€ – 6.000€ (suelen ser los capitales más habituales). Por lo tanto dependiendo del tipo de embarcación que tengamos y del uso que vayamos a darle puede interesarnos una cobertura más elevada. Para pequeñas embarcaciones que navegan cerca de la costa, nos servirá simplemente una cobertura de remolque hasta el puerto deportivo más cercano.
Cada vez hay más puertos deportivos que obligan a las embarcaciones que quieran amarrar en ellos tener contratada esta garantía.
Es una garantía más que recomendable, ya que los gastos de reflotar, remolcar y varar una embarcación siniestrada acaban siendo bastante elevados; sobre todo teniendo en cuenta que se comercializan ambas garantías por unas primas anuales muy asequibles.
Recuerde que en el caso de que Salvamento Marítimo o cualquier empresa privada le remolque o salve la embarcación, le va a cobrar el precio del remolque y en el caso de que sea considerado un salvamento, puede solicitar un premio por el rescate en el mar.
Este tipo de gasto puede asegurarse a través de la garantía de asistencia marítima que cubre los gastos ocasionados por el remolque de la embarcación, desde el lugar donde se encuentre hasta el puerto más cercano, en caso de avería de la misma.
Esta cobertura está incluida en la garantía de pérdida total, y en la cobertura completa ( averías particulares, todo riesgo, institute yacht clauses) de daños a la embarcación, aunque también puede contratarse por separado.
Asimismo, esta garantía, cubre la reclamación a terceros si, a consecuencia de un accidente ocurrido a la embarcación asegurada, se le ocasionan daños materiales o lesiones corporales a algún tripulante de la misma, o daños a sus pertenencias.
Otra garantía más que recomendable a incluir en los contratos de seguros de embarcaciones de recreo, es la garantía de remoción de restos del naufragio dispuesta por la autoridad marítima competente; puesto que, en caso de naufragio, la autoridad marítima nos exige por escrito retirar los restos de la embarcación del lugar del naufragio. Dependiendo del lugar donde haya sucedido, el coste de la remoción puede llegar a ser muy elevado. Algunas compañías de seguros la incluyen como garantía voluntaria, otras dentro de la garantía de responsabilidad civil voluntaria, y siempre suele estar incluida cuando contratamos pérdida total y robo de la embarcación o daños propios.
Solicítenos información sobre la garantía de asistencia en el mar : Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.